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	<title>Beneficios Tributarios &#8211; Akuai Energy</title>
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	<description>Energía de la naturaleza y de vida</description>
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	<title>Beneficios Tributarios &#8211; Akuai Energy</title>
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		<title>5 preguntas y respuestas para entender por qué las personas naturales sí pueden acceder a beneficios tributarios por un carro eléctrico o híbrido</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Akuai Energy]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 22 Sep 2025 21:22:48 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Beneficios Tributarios]]></category>
		<category><![CDATA[Movilidad eléctrica]]></category>
		<category><![CDATA[Movilidad Eléctrica]]></category>
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					<description><![CDATA[5 Preguntas y respuestas para entender por qué las personas naturales sí pueden acceder a beneficios tributarios por un carro eléctrico o híbrido Spoiler: Aunque&#8230;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div id="pl-2558"  class="panel-layout" ><div id="pg-2558-0"  class="panel-grid panel-no-style" ><div id="pgc-2558-0-0"  class="panel-grid-cell" ><div id="panel-2558-0-0-0" class="so-panel widget widget_sow-editor panel-first-child panel-last-child" data-index="0" ><div
			
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	<h2>5 Preguntas y respuestas para entender por qué las personas naturales sí pueden acceder a beneficios tributarios por un carro eléctrico o híbrido</h2>
<p><strong>Spoiler</strong>: Aunque la DIAN dijo que no en agosto… en septiembre DIJO QUE SÍ! Aquí te contamos por qué <strong>sí puedes acceder a beneficios tributarios para disminuir impuestos con tu carro eléctrico o híbrido nuevo</strong>, y lo más importante: <strong>cómo hacerlo</strong>.</p>
<ol>
<li>
<h3>¿Qué beneficios tributarios existen si compro un vehículo eléctrico o híbrido nuevo?</h3>
</li>
</ol>
<p>Gracias a las <strong>Leyes <a href="https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=57353" target="_blank" rel="noopener">1715 de 2014</a> y </strong><a href="https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=166326" target="_blank" rel="noopener"><strong>2099 de 2021</strong></a>, si compras un vehículo eléctrico o híbrido nuevo, puedes aplicar a <strong>cuatro beneficios tributarios</strong>:</p>
<ul>
<li><strong>Deducción del 50% del valor </strong>del vehículo en tu declaración de renta hasta por 15 años.</li>
<li><strong>Exclusión del IVA</strong> en la compra de tu carro eléctrico o híbrido nuevo.</li>
<li><strong>Exención arancelaria </strong>en la importación del carro eléctrico o híbrido nuevo.</li>
<li><strong>Depreciación acelerada del vehículo </strong>si estas obligado a llevar contabilidad.</li>
</ul>
<p>Estos cuatro beneficios son válidos tanto para personas naturales como jurídicas y los <strong>dos beneficios tributarios más relevantes para las personas naturales</strong> son:</p>
<ul>
<li>La <strong>deducción del 50% del valor invertido en la declaración de renta</strong>.</li>
<li>La <strong>exclusión del IVA</strong>.</li>
</ul>
<p>Fueron justo estos dos beneficios los que generaron confusión en agosto de 2025, cuando la DIAN dijo que las personas naturales <strong>no tenían derecho a ninguno de estos incentivos</strong> si el carro era para uso personal.</p>
<p><a href="https://akuai.co/4-recomendaciones-para-obtener-beneficios-tributarios-por-tu-vehiculo-electrico/"><em>Conoce 4 recomendaciones para obtener beneficios tributarios por tu vehículo eléctrico</em></a></p>
<ol start="2">
<li>
<h3>Pero… ¿Por qué la DIAN dijo que las personas naturales no podían acceder a esos beneficios?</h3>
</li>
</ol>
<p>Porque en su <strong>primer análisis</strong>, la DIAN solo se fijó en uno de los tres tipos de proyectos que reconocen las Leyes 1715 de 2014 y 2099 de 2021: los <strong>proyectos de Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE)</strong>.</p>
<ul>
<li><strong>¿Qué son los proyectos FNCE?</strong> Son iniciativas que generan energía limpia, como paneles solares, turbinas eólicas o biomasa. Y claro, <strong>los vehículos eléctricos no generan energía</strong>, así que <strong>no aplican por aquí</strong>.</li>
</ul>
<p>Pero la ley también reconoce otro tipo de iniciativas: los <strong>proyectos de Gestión Eficiente de la Energía (GEE).</strong></p>
<ul>
<li><strong>¿Qué son los proyectos GEE?</strong>  Son las acciones que ayudan a usar mejor la energía que ya existe, lo que ayuda a<strong> reducir las emisiones de CO2</strong> y contribuye a que Colombia alcance sus metas de ser un país <strong>carbono neutral a 2050</strong>. Aquí por ejemplo puedes cambiar la iluminación de tu casa o empresa por tecnología LED o reemplazar vehículos a gasolina o diésel por vehículos eléctricos o híbridos.</li>
</ul>
<p>En otras palabras:</p>
<ul>
<li><strong>Los vehículos eléctricos no aplican para beneficios tributarios por el camino de proyectos FNCE</strong></li>
<li><strong>Pero sí aplican para beneficios tributarios por el camino de proyectos de GEE</strong></li>
</ul>
<p><a href="https://www1.upme.gov.co/Normatividad/135_2025_con_anexos.pdf" target="_blank" rel="noopener"><em>Conoce la lista de bienes y servicios que aplican para proyectos FNCE y GEE en la Resolución 135 de 2025 de la UPME</em></a></p>
<ol start="3">
<li>
<h3>¿Qué le faltó a la DIAN en el concepto que negó los beneficios tributarios a personas naturales?</h3>
</li>
</ol>
<p><strong>La DIAN ignoró la existencia de los proyectos de Gestión Eficiente de la Energía (GEE)</strong> como vía para acceder a los beneficios tributarios.</p>
<p><strong>La entidad solo analizó la figura de FNCE</strong>, y por eso concluyó equivocadamente que la compra de vehículos eléctricos o híbridos por personas naturales <strong>no daban derecho a beneficios tributarios</strong>, cuando en realidad <strong>sí lo hacen</strong>, siempre que se presenten como parte de un proyecto de GEE.</p>
<p>Ese concepto —el <a href="https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_12101_2025.htm?resaltar=Veh%EDculos+h%EDbridos+y+el%E9ctricos" target="_blank" rel="noopener"><strong>012101 del 5 de agosto de 2025</strong></a>— se basó únicamente en los proyectos de <strong>Fuentes No Convencionales de Energía</strong> (FNCE), donde es cierto que los vehículos eléctricos <strong>no aplican</strong>, pero <strong>omitió por completo</strong> que las Leyes 1715 y 2099 también reconocen los proyectos de eficiencia energética (GEE), y <strong>es allí donde sí aplican</strong> los carros eléctricos e híbridos.</p>
<p>Pero luego alguien <strong>advirtió la equivocación</strong>: Por eso, <strong>un mes después</strong>, la misma DIAN <strong>reconsideró su posición</strong> —en el <a href="https://www.dian.gov.co/Prensa/Paginas/NG-DIAN-reconsidera-beneficios-tributarios-para-vehiculos-hibridos-y-electricos-de-uso-personal.aspx" target="_blank" rel="noopener"><strong>concepto</strong> <strong>013853 del 5 de septiembre de 2025</strong></a>— y aceptó públicamente que: <em>“Si. La adquisición de vehículos híbridos (PHEV (plug-in hybrid electric vehicle) y HEV (hybrid electric vehicle)) y los eléctricos por parte de las personas naturales para uso personal permite acceder a los beneficios de la deducción especial en renta y a la exclusión de IVA establecidos en sus artículos 11 y 12 de la Ley 1715 de 2024, al considerarse una medida de gestión eficiente de la energía (GEE), siempre y cuando se cuente con la respectiva certificación de la UPME."</em></p>
<ol start="4">
<li>
<h3>¿Puede una persona natural acceder a beneficios tributarios por comprar un carro eléctrico o híbrido?</h3>
</li>
</ol>
<p><strong>Sí, si puede.</strong></p>
<p><strong>Las Leyes 1715 y 2099 lo permiten, la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME) lo respalda </strong>y, tras corregirse,<strong> la DIAN también lo reconoce.</strong></p>
<p>Si compras un vehículo eléctrico o híbrido nuevo, puedes acceder a beneficios como la deducción del 50% en renta o la exclusión del IVA, pero recuerda que:</p>
<p><strong>La clave es que primero obtengas la certificación de la UPME que acredite que tu vehículo hace parte de un proyecto de Gestión Eficiente de la Energía (GEE).</strong></p>
<p>Así que no importa si lo usas para ir a tu trabajo, mover tu emprendimiento o simplemente dejar de contaminar: si tu vehículo hace parte de un proyecto GEE certificado por la UPME, tienes derecho a estos beneficios.</p>
<p><strong>Y aquí es donde entra la pregunta más importante:</strong></p>
<ol start="5">
<li>
<h3>¿Qué tengo que hacer si quiero estos beneficios tributarios por mi vehículo eléctrico o híbrido?</h3>
</li>
</ol>
<p>El paso clave es <strong>obtener la certificación de la UPME</strong>, que es la entidad que evalúa si tu inversión en un vehículo eléctrico o híbrido califica como parte de un proyecto de GEE.</p>
<p>Y ahí es donde entramos nosotros: Desde <strong>Akuai Energy </strong>te acompañamos paso a paso en la solicitud para obtener tu certificado de la UPME:</p>
<ul>
<li>Validamos si tu vehículo aplica para los beneficios tributarios.</li>
<li>Preparamos toda la documentación técnica y legal requerida.</li>
<li>Estructuramos el proyecto como una <strong>medida de Gestión Eficiente de la Energía (GEE).</strong></li>
<li>Presentamos tu solicitud ante la <strong>UPME</strong> dentro de los ciclos habilitados.</li>
<li>Damos respuesta a requerimientos durante el proceso de evaluación.</li>
<li>Y te entregamos tu certificado listo para que tu contador(a) pueda ayudarte a usar los beneficios tributarios ante la DIAN.</li>
</ul>
<p>Si quieres que te acompañemos con este proceso, escríbenos directamente por <a href="https://api.whatsapp.com/send/?phone=573244457214&amp;text&amp;type=phone_number&amp;app_absent=0" target="_blank" rel="noopener"><strong>WhatsApp aquí</strong></a> o contáctanos a nuestro correo electrónico: <a href="mailto:info@akuai.co"><strong>info@akuai.co</strong></a></p>
<p>Síguenos también en nuestras redes sociales para aprender más sobre movilidad eléctrica, eficiencia energética, beneficios tributarios y energías renovables:<br />
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</div>
</div></div></div></div></div>]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>4 Recomendaciones para obtener beneficios tributarios por tu vehículo eléctrico</title>
		<link>https://akuai.co/4-recomendaciones-para-obtener-beneficios-tributarios-por-tu-vehiculo-electrico/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Jorge Mario Avella]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 28 Jan 2023 15:00:14 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Beneficios Tributarios]]></category>
		<category><![CDATA[Movilidad eléctrica]]></category>
		<category><![CDATA[Movilidad Eléctrica]]></category>
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					<description><![CDATA[4 Recomendaciones para obtener beneficios tributarios por tu vehículo eléctrico En esta oportunidad queremos contarte que por implementar proyectos de Movilidad Eléctrica que incluyan la&#8230;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div id="pl-2315"  class="panel-layout" ><div id="pg-2315-0"  class="panel-grid panel-no-style" ><div id="pgc-2315-0-0"  class="panel-grid-cell" ><div id="panel-2315-0-0-0" class="so-panel widget widget_sow-editor panel-first-child panel-last-child" data-index="0" ><div
			
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	<h2>4 Recomendaciones para obtener beneficios tributarios por tu vehículo eléctrico<strong><br />
</strong></h2>
<p>En esta oportunidad queremos contarte que por implementar proyectos de <a href="https://akuai.co/movilidad-electrica-en-colombia/">Movilidad Eléctrica</a> que incluyan la <a href="https://akuai.co/lo-que-debes-saber-antes-de-comprar-un-vehiculo-electrico/">compra de uno o más vehículos eléctricos o híbridos enchufables</a> y los <a href="https://akuai.co/5-consejos-para-la-instalacion-de-un-wallbox-en-tu-hogar/">trabajos necesarios para la instalación del cargador wallbox</a> en tu casa o empresa, puedes acceder a beneficios tributarios que el gobierno colombiano estipuló en las Leyes 1715 de 2014 y 2099 de 2021 al aportar a las metas establecidas en el Programa de Uso Racional y Eficiente de la Energía (PROURE).</p>
<p>De acuerdo con esta normativa se busca promover la inversión e implementación en:</p>
<ul>
<li>Proyectos de generación de energía eléctrica a través de Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE), las cuales incluyen las energías renovables.</li>
<li>Proyectos de <a href="https://www1.upme.gov.co/Incentivos/Paginas/Incentivos-tributarios-GEE.aspx" target="_blank" rel="noopener">Gestión Eficiente de la Energía (GEE)</a> para impulsar la eficiencia energética.</li>
<li>Proyectos de Hidrogeno Verde o Azul para su producción, almacenamiento, entre otros.</li>
</ul>
<p>Las inversiones que realices en movilidad eléctrica te permiten acceder a beneficios tributarios relacionados con la categoría de proyectos de Gestión Eficiente de la Energía (GEE).</p>
<p>Para obtener estos beneficios tributarios debes primero presentar tu proyecto de GEE ante la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), esta entidad está encargada de analizarlo y en caso de tener una respuesta positiva te entregará un certificado UPME por GEE, el cual podrás presentar ante la DIAN para beneficiarte de estos incentivos.</p>
<p>Te queremos compartir 4 recomendaciones para que tu solicitud de beneficios tributarios por tu vehículo eléctrico ante la UPME tenga resultados favorables.</p>
<ol>
<li><strong>Definir el beneficio tributario que deseas solicitar</strong></li>
</ol>
<p>Existen 4 beneficios tributarios que puedes solicitar, por lo que debes revisarlos y seleccionar uno para la presentación de tu proyecto GEE. Dentro de los beneficios tributarios se encuentran:</p>
<ul>
<li>Exclusión de IVA en la compra de equipos o maquinaria que se destinen al proyecto de GEE.</li>
<li>Deducción del impuesto de renta del 50% de la inversión realizada en el proyecto GEE en un periodo de hasta 15 años.</li>
<li>Exención arancelaria en la importación de maquinaria y otros insumos necesarios para el proyecto GEE.</li>
<li>Depreciación acelerada de activos aplicables a equipos, maquinaria y obras civiles necesarias para el proyecto GEE.</li>
</ul>
<ol start="2">
<li><strong>Estructuración del proyecto de Gestión Eficiente de la Energía (GEE)</strong></li>
</ol>
<p>Lo primero que debes realizar para estructurar tu proyecto de GEE es completar los 3 formatos que se puedes descargar de la <a href="https://www1.upme.gov.co/Incentivos/Paginas/Incentivos-tributarios-GEE.aspx" target="_blank" rel="noopener">página web de la UPME</a>.</p>
<p>En el formato 1 coloca la información de la persona natural o jurídica que desea obtener los beneficios tributarios, es muy importante que indiques un correo electrónico que revises diariamente para que estés pendiente de las comunicaciones que envía la UPME sobre tu solicitud.</p>
<p>El formato 2 está relacionado con las generalidades del proyecto, en este debes indicar el incentivo tributario que deseas adquirir y también el ahorro energético que estás aportando con tu proyecto GEE.</p>
<p>En el formato 3 incluye las características de los equipos y elementos que utilizaste en tu proyecto de eficiencia energética.</p>
<p>Una vez tengas los formatos completos, crea un documento para describir y explicar tu proyecto GEE donde te recomendamos menciones el nombre de tu proyecto, el vehículo eléctrico o híbrido que compraste y la infraestructura de recarga que adquiriste. No olvides mostrar el ahorro energético que realizas con tu inversión.</p>
<ol start="3">
<li><strong>Obtención de los documentos requeridos por la UPME</strong></li>
</ol>
<p>Para presentar tu proyecto de GEE tienes que anexar la documentación requerida por la UPME. Te recomendamos revisarla y obtenerla con tiempo para que la tengas lista al momento de enviar tu solicitud. Para este tipo de proyectos debes contar con los siguientes documentos:</p>
<ul>
<li>Formatos 1, 2, 3 de la UPME diligenciados con la información de tu proyecto GEE.</li>
<li>Documento con la descripción del proyecto, donde expliques como estás haciendo una gestión eficiente de la energía.</li>
<li>Catálogos y fichas técnicas de tu vehículo eléctrico o híbrido enchufable, cargador wallbox, entre otros.</li>
<li>Normas técnicas que tu vehículo eléctrico o híbrido enchufable y cargador wallbox cumplen.</li>
<li>Copia de las ofertas, contratos, factura de los productos y servicios adquiridos para tu proyecto, por ejemplo, facturas de compra de tu vehículo eléctrico o híbrido enchufable, de tu cargador y del servicio de instalación de tu cargador wallbox.</li>
<li>Comprobante de pago de la tarifa administrativa de la UPME, esta varía de acuerdo con la inversión que realices en tu proyecto de GEE y puedes consultarla en la <a href="https://app.upme.gov.co/Calculadora/CalculadoraIT.html" target="_blank" rel="noopener">calculadora de la UPME</a>.</li>
</ul>
<ol start="4">
<li><strong>Presentación de solicitud ante la UPME. </strong></li>
</ol>
<p>Una vez ya completes las recomendaciones anteriores, puedes <a href="https://orfeo.upme.gov.co/formularioIncentivos/#tema_-1" target="_blank" rel="noopener">enviar tu solicitud a la UPME a través de su portal web</a> donde debes completar un formulario de datos personales, el tipo de solicitud que deseas realizar, colocar el asunto y adjuntar la documentación requerida.</p>
<p>El tamaño máximo de los documentos que puedes anexar es de 25 MB. En caso de que requieras enviar archivos con un tamaño superior, puedes realizar varias solicitudes referenciando el radicado inicial que te da el portal. Es importante que aceptes la política de privacidad de la UPME antes de enviar tu solicitud.</p>
<p>Una vez envíes tu proyecto, aparecerá un mensaje que te indicará que tu solicitud ha sido registrada exitosamente con el número de radicado y código de verificación, el cual debes descargar y guardar. También debes recibir un correo electrónico con esta información.</p>
<p>La UPME revisará en los siguientes 10 días hábiles la información y documentos compartidos. En caso de que la entidad requiera alguna aclaración de tu proyecto o documentación, te enviarán un correo electrónico solicitando que respondas requerimientos adicionales. Tendrás un mes para complementar tu solicitud de acuerdo con las aclaraciones que requiera la UPME, sino compartes esta información adicional dentro de este tiempo, se cerrará tu solicitud y tendrás que hacer el proceso nuevamente desde cero.</p>
<p>Si la UPME encuentra que el proyecto está completo, tendrá 20 días hábiles para realizar la evaluación y darte el resultado de esta. Si es favorable te enviará a tu correo electrónico el certificado UPME de GEE que podrás presentar ante la DIAN.</p>
<p>En Akuai Energy contamos con profesionales que te acompañarán y ayudarán a estructurar tu proyecto de Gestión Eficiente de la Energía y presentar la solicitud para la obtención de beneficios tributarios ante la UPME, te invitamos a contactarnos a nuestro email <a href="mailto:info@akuai.co">info@akuai.co</a> o a nuestro número celular/WhatsApp <a href="https://wa.me/573244457214?text=Hola" target="_blank" rel="noopener">+57 324 445 7214</a> para brindarte este acompañamiento y más información.</p>
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