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	<title>Akuai Energy &#8211; Akuai Energy</title>
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	<description>Energía de la naturaleza y de vida</description>
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		<title>5 preguntas y respuestas para entender por qué las personas naturales sí pueden acceder a beneficios tributarios por un carro eléctrico o híbrido</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Akuai Energy]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 22 Sep 2025 21:22:48 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Beneficios Tributarios]]></category>
		<category><![CDATA[Movilidad eléctrica]]></category>
		<category><![CDATA[Movilidad Eléctrica]]></category>
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					<description><![CDATA[5 Preguntas y respuestas para entender por qué las personas naturales sí pueden acceder a beneficios tributarios por un carro eléctrico o híbrido Spoiler: Aunque&#8230;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div id="pl-2558"  class="panel-layout" ><div id="pg-2558-0"  class="panel-grid panel-no-style" ><div id="pgc-2558-0-0"  class="panel-grid-cell" ><div id="panel-2558-0-0-0" class="so-panel widget widget_sow-editor panel-first-child panel-last-child" data-index="0" ><div
			
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	<h2>5 Preguntas y respuestas para entender por qué las personas naturales sí pueden acceder a beneficios tributarios por un carro eléctrico o híbrido</h2>
<p><strong>Spoiler</strong>: Aunque la DIAN dijo que no en agosto… en septiembre DIJO QUE SÍ! Aquí te contamos por qué <strong>sí puedes acceder a beneficios tributarios para disminuir impuestos con tu carro eléctrico o híbrido nuevo</strong>, y lo más importante: <strong>cómo hacerlo</strong>.</p>
<ol>
<li>
<h3>¿Qué beneficios tributarios existen si compro un vehículo eléctrico o híbrido nuevo?</h3>
</li>
</ol>
<p>Gracias a las <strong>Leyes <a href="https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=57353" target="_blank" rel="noopener">1715 de 2014</a> y </strong><a href="https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=166326" target="_blank" rel="noopener"><strong>2099 de 2021</strong></a>, si compras un vehículo eléctrico o híbrido nuevo, puedes aplicar a <strong>cuatro beneficios tributarios</strong>:</p>
<ul>
<li><strong>Deducción del 50% del valor </strong>del vehículo en tu declaración de renta hasta por 15 años.</li>
<li><strong>Exclusión del IVA</strong> en la compra de tu carro eléctrico o híbrido nuevo.</li>
<li><strong>Exención arancelaria </strong>en la importación del carro eléctrico o híbrido nuevo.</li>
<li><strong>Depreciación acelerada del vehículo </strong>si estas obligado a llevar contabilidad.</li>
</ul>
<p>Estos cuatro beneficios son válidos tanto para personas naturales como jurídicas y los <strong>dos beneficios tributarios más relevantes para las personas naturales</strong> son:</p>
<ul>
<li>La <strong>deducción del 50% del valor invertido en la declaración de renta</strong>.</li>
<li>La <strong>exclusión del IVA</strong>.</li>
</ul>
<p>Fueron justo estos dos beneficios los que generaron confusión en agosto de 2025, cuando la DIAN dijo que las personas naturales <strong>no tenían derecho a ninguno de estos incentivos</strong> si el carro era para uso personal.</p>
<p><a href="https://akuai.co/4-recomendaciones-para-obtener-beneficios-tributarios-por-tu-vehiculo-electrico/"><em>Conoce 4 recomendaciones para obtener beneficios tributarios por tu vehículo eléctrico</em></a></p>
<ol start="2">
<li>
<h3>Pero… ¿Por qué la DIAN dijo que las personas naturales no podían acceder a esos beneficios?</h3>
</li>
</ol>
<p>Porque en su <strong>primer análisis</strong>, la DIAN solo se fijó en uno de los tres tipos de proyectos que reconocen las Leyes 1715 de 2014 y 2099 de 2021: los <strong>proyectos de Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE)</strong>.</p>
<ul>
<li><strong>¿Qué son los proyectos FNCE?</strong> Son iniciativas que generan energía limpia, como paneles solares, turbinas eólicas o biomasa. Y claro, <strong>los vehículos eléctricos no generan energía</strong>, así que <strong>no aplican por aquí</strong>.</li>
</ul>
<p>Pero la ley también reconoce otro tipo de iniciativas: los <strong>proyectos de Gestión Eficiente de la Energía (GEE).</strong></p>
<ul>
<li><strong>¿Qué son los proyectos GEE?</strong>  Son las acciones que ayudan a usar mejor la energía que ya existe, lo que ayuda a<strong> reducir las emisiones de CO2</strong> y contribuye a que Colombia alcance sus metas de ser un país <strong>carbono neutral a 2050</strong>. Aquí por ejemplo puedes cambiar la iluminación de tu casa o empresa por tecnología LED o reemplazar vehículos a gasolina o diésel por vehículos eléctricos o híbridos.</li>
</ul>
<p>En otras palabras:</p>
<ul>
<li><strong>Los vehículos eléctricos no aplican para beneficios tributarios por el camino de proyectos FNCE</strong></li>
<li><strong>Pero sí aplican para beneficios tributarios por el camino de proyectos de GEE</strong></li>
</ul>
<p><a href="https://www1.upme.gov.co/Normatividad/135_2025_con_anexos.pdf" target="_blank" rel="noopener"><em>Conoce la lista de bienes y servicios que aplican para proyectos FNCE y GEE en la Resolución 135 de 2025 de la UPME</em></a></p>
<ol start="3">
<li>
<h3>¿Qué le faltó a la DIAN en el concepto que negó los beneficios tributarios a personas naturales?</h3>
</li>
</ol>
<p><strong>La DIAN ignoró la existencia de los proyectos de Gestión Eficiente de la Energía (GEE)</strong> como vía para acceder a los beneficios tributarios.</p>
<p><strong>La entidad solo analizó la figura de FNCE</strong>, y por eso concluyó equivocadamente que la compra de vehículos eléctricos o híbridos por personas naturales <strong>no daban derecho a beneficios tributarios</strong>, cuando en realidad <strong>sí lo hacen</strong>, siempre que se presenten como parte de un proyecto de GEE.</p>
<p>Ese concepto —el <a href="https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_12101_2025.htm?resaltar=Veh%EDculos+h%EDbridos+y+el%E9ctricos" target="_blank" rel="noopener"><strong>012101 del 5 de agosto de 2025</strong></a>— se basó únicamente en los proyectos de <strong>Fuentes No Convencionales de Energía</strong> (FNCE), donde es cierto que los vehículos eléctricos <strong>no aplican</strong>, pero <strong>omitió por completo</strong> que las Leyes 1715 y 2099 también reconocen los proyectos de eficiencia energética (GEE), y <strong>es allí donde sí aplican</strong> los carros eléctricos e híbridos.</p>
<p>Pero luego alguien <strong>advirtió la equivocación</strong>: Por eso, <strong>un mes después</strong>, la misma DIAN <strong>reconsideró su posición</strong> —en el <a href="https://www.dian.gov.co/Prensa/Paginas/NG-DIAN-reconsidera-beneficios-tributarios-para-vehiculos-hibridos-y-electricos-de-uso-personal.aspx" target="_blank" rel="noopener"><strong>concepto</strong> <strong>013853 del 5 de septiembre de 2025</strong></a>— y aceptó públicamente que: <em>“Si. La adquisición de vehículos híbridos (PHEV (plug-in hybrid electric vehicle) y HEV (hybrid electric vehicle)) y los eléctricos por parte de las personas naturales para uso personal permite acceder a los beneficios de la deducción especial en renta y a la exclusión de IVA establecidos en sus artículos 11 y 12 de la Ley 1715 de 2024, al considerarse una medida de gestión eficiente de la energía (GEE), siempre y cuando se cuente con la respectiva certificación de la UPME."</em></p>
<ol start="4">
<li>
<h3>¿Puede una persona natural acceder a beneficios tributarios por comprar un carro eléctrico o híbrido?</h3>
</li>
</ol>
<p><strong>Sí, si puede.</strong></p>
<p><strong>Las Leyes 1715 y 2099 lo permiten, la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME) lo respalda </strong>y, tras corregirse,<strong> la DIAN también lo reconoce.</strong></p>
<p>Si compras un vehículo eléctrico o híbrido nuevo, puedes acceder a beneficios como la deducción del 50% en renta o la exclusión del IVA, pero recuerda que:</p>
<p><strong>La clave es que primero obtengas la certificación de la UPME que acredite que tu vehículo hace parte de un proyecto de Gestión Eficiente de la Energía (GEE).</strong></p>
<p>Así que no importa si lo usas para ir a tu trabajo, mover tu emprendimiento o simplemente dejar de contaminar: si tu vehículo hace parte de un proyecto GEE certificado por la UPME, tienes derecho a estos beneficios.</p>
<p><strong>Y aquí es donde entra la pregunta más importante:</strong></p>
<ol start="5">
<li>
<h3>¿Qué tengo que hacer si quiero estos beneficios tributarios por mi vehículo eléctrico o híbrido?</h3>
</li>
</ol>
<p>El paso clave es <strong>obtener la certificación de la UPME</strong>, que es la entidad que evalúa si tu inversión en un vehículo eléctrico o híbrido califica como parte de un proyecto de GEE.</p>
<p>Y ahí es donde entramos nosotros: Desde <strong>Akuai Energy </strong>te acompañamos paso a paso en la solicitud para obtener tu certificado de la UPME:</p>
<ul>
<li>Validamos si tu vehículo aplica para los beneficios tributarios.</li>
<li>Preparamos toda la documentación técnica y legal requerida.</li>
<li>Estructuramos el proyecto como una <strong>medida de Gestión Eficiente de la Energía (GEE).</strong></li>
<li>Presentamos tu solicitud ante la <strong>UPME</strong> dentro de los ciclos habilitados.</li>
<li>Damos respuesta a requerimientos durante el proceso de evaluación.</li>
<li>Y te entregamos tu certificado listo para que tu contador(a) pueda ayudarte a usar los beneficios tributarios ante la DIAN.</li>
</ul>
<p>Si quieres que te acompañemos con este proceso, escríbenos directamente por <a href="https://api.whatsapp.com/send/?phone=573244457214&amp;text&amp;type=phone_number&amp;app_absent=0" target="_blank" rel="noopener"><strong>WhatsApp aquí</strong></a> o contáctanos a nuestro correo electrónico: <a href="mailto:info@akuai.co"><strong>info@akuai.co</strong></a></p>
<p>Síguenos también en nuestras redes sociales para aprender más sobre movilidad eléctrica, eficiencia energética, beneficios tributarios y energías renovables:<br />
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</div>
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		<title>Lo que debes saber antes de comprar un vehículo eléctrico</title>
		<link>https://akuai.co/lo-que-debes-saber-antes-de-comprar-un-vehiculo-electrico/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Akuai Energy]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 05 Aug 2021 13:06:51 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Movilidad eléctrica]]></category>
		<category><![CDATA[Movilidad Eléctrica]]></category>
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					<description><![CDATA[Lo que debes saber antes de comprar un vehículo eléctrico Una de las primeras inquietudes de las personas al acercarse al mundo de la movilidad&#8230;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div id="pl-175"  class="panel-layout" ><div id="pg-175-0"  class="panel-grid panel-no-style" ><div id="pgc-175-0-0"  class="panel-grid-cell" ><div id="panel-175-0-0-0" class="so-panel widget widget_sow-editor panel-first-child panel-last-child" data-index="0" ><div
			
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	<h2>Lo que debes saber antes de comprar un vehículo eléctrico</h2>
<div>
<p>Una de las primeras inquietudes de las personas al acercarse al mundo de la <a href="https://akuai.co/movilidad-electrica-en-colombia/">movilidad eléctrica</a> es  conocer, ¿cuál  es el vehículo eléctrico que más le conviene adquirir? Lo primero que debes saber al  buscar y cambiar tu automóvil de motor a combustión interna, es entender las diferencias entre los tipos de vehículos eléctricos que existen, para evaluar con mejor criterio el tipo de auto que deberías tener de acuerdo a tus necesidades.</p>
<p>Para despertar la inquietud de los nuevos interesados en el mundo de los autos eléctricos, podemos iniciar  explicándote que estos se dividen en 3 tipos o variantes: Vehículos Eléctricos - VE, Vehículos Híbridos Eléctricos - VHE y Vehículos Híbridos Eléctricos Enchufables  - VHEE.</p>
<p>Los primeros son los vehículos eléctricos - VE, estos son impulsados por uno o más motores que utilizan como fuente de energía una batería eléctrica que es posible recargar mediante un módulo de carga (Ver tipo de cargadores). Estos vehículos tienen un propósito orientado principalmente para la cobertura de trayectos en ciudades, una <a href="https://www.elcarrocolombiano.com/resenas/carros-electricos-a-la-venta-en-colombia-en-2020-precios-y-caracteristicas/" target="_blank" rel="noopener">autonomía en promedio de 300 Km</a>, que se ha mejorado gracias a los desarrollos de baterías de mayor capacidad.</p>
<p>El segundo grupo son los vehículos Híbridos Eléctricos VHE, estos se denominan así, por que hacen uso de dos tipos de motores, uno principal impulsado por combustible y otro eléctrico que apoya al principal, su mayor ventaja es la eficiencia, ya que no se requiere de una fuente adicional de energía diferente al combustible para recargar el auto. En los VHE utilizarás el motor eléctrico en bajas velocidades,  generalmente menores a 40 km/h,  ideal para las ciudades con alto tráfico  puesto que reduce la contaminación. Al aumentar tu velocidad y superar el umbral, entrará en operación el motor a combustión interna y este cargará  las baterías para el motor eléctrico. Sin embargo, los VHE no tienen una capacidad de carga que le permita desempeñarse enteramente por el motor eléctrico y este solo cumple funciones auxiliares, de manera que continuarás haciendo uso en su mayoría de una fuente contaminante.</p>
<p>En tercer lugar encontrarás los vehículos conocidos como Eléctricos Híbridos Enchufables – VEHE, los cuales están equipados con dos motores, uno de combustión y otro eléctrico con la posibilidad de recargarse mediante una conexión a un punto de carga, lo que les brinda total independencia. Este automóvil te permitirá tener mayor autonomía  con dos modos de operación, la posibilidad de recorrer cercar de 60 km en ciudad con la batería que alimenta el motor eléctrico y si necesitas viajar grandes distancias usar el motor impulsado por combustible.</p>
<p>Finalmente como opción alternativa, puedes encontrar talleres dedicados a la conversión de tu automóvil actual para transformarlo en un vehículo eléctrico, requerirás de una mayor inversión y un esfuerzo adicional en ingeniería, pero tendrás el modelo de auto que te gusta en su versión eléctrica.</p>
<p>Te invitamos a que te animes a conocer más información, tomes la decisión y adquieras tu vehículo eléctrico, así te sumarás a reducir tu huella de carbono y contribuir a mejorar nuestro Planeta.</p>
<p><em>Si deseas conocer más sobre vehículos eléctricos, escríbenos al email info@akuai.co y síguenos en nuestras redes sociales @akuaienergy</em></p>
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